Habilitaciones

Guía y Asesoramiento en el proceso de Habilitación de especialidades.

Este procedimiento está regulado por la Resolución de 24 de octubre de 2014 de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos por la que se establece el procedimiento para la Habilitación de Especialidades por los integrantes de las listas de aspirantes al desempeño de plazas en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros.

1º.- Comprobar que cumplimos los requisitos del RD 1594/2011.

Para las especialidades de idiomas se modificó el RD 1594/2011 con el RD 1058/2015. Podéis ver aquí los requisitos de habilitación.

2º.- Descargar y cumplimentar la Solicitud de Habilitación.

3º.- Presentar la solicitud junto con la documentación justificativa en el Registro de la Consejería u otros organismos, Ventanilla Única o Correos. Si se tiene certificado digital, DNIe o Clave, se puede presentar por el procedimiento 0111 de la sede electrónica de la CARM.

1º.- Tener acreditada la especialidad de Primaria.

1º.- Comprobar que tenemos alguna titulación del decreto 165/2019 que incorporó nuevos títulos al anexo del decreto 43/2015.

3º.- Descargar y cumplimentar la Solicitud de Habilitación.

4º.- Presentar la solicitud junto con la documentación justificativa en el Registro de la Consejería u otros organismos, Ventanilla Única o Correos. Si se tiene certificado digital, DNIe o Clave, se puede presentar por el procedimiento 0111 de la sede electrónica de la CARM.

1º.- Comprobar que tenemos alguna titulación del decreto 207/2017 que incorporó nuevos títulos al decreto 43/2015.

2º.- Descargar y cumplimentar la Solicitud de Habilitación.

3º.- Presentar la solicitud junto con la documentación justificativa en el Registro de la Consejería u otros organismos, Ventanilla Única o Correos. Si se tiene certificado digital, DNIe o Clave, se puede presentar por el procedimiento 0111 de la sede electrónica de la CARM.